El Ministerio de Desarrollo Social y Familia del Gobierno del Presidente Gabriel Boric, busca avanzar hacia un sólido piso progresivo de protección social, marcando un cambio fundamental en la forma en que se accede a este beneficio: pasar de un sistema de postulación a una garantía.
Para conocer si eres una persona beneficiaria del aporte Subsidio Familiar Automático, ingresa el RUN del niño, niña o adolescente causante del beneficio, en el módulo de consulta.
Para mayor información sobre las fechas de pago, consulta en el sitio web de ChileAtiende o llama al callcenter 101.
Ministerio de Desarrollo Social y Familia
Ingresa tus datos o los del niño, niña o adolescente causante de este aporte.
El Subsidio Familiar Automático es un aporte económico destinado a beneficiar, de manera automática y sin necesidad de postulaciones, a niños, niñas y adolescentes (causantes) menores de 18 años que forman parte del 40% más vulnerable de la población de acuerdo con la Calificación Socioeconómica (CSE) del Registro Social de Hogares y que previamente no accedían a este subsidio debido a desconocimiento o dificultades asociadas a su tramitación.
Para acceder al Subsidio Familiar Automático no es necesario postular. El monto es de $20.328* para cada causante, beneficiando a miles de niñas, niños y adolescentes en todo el país.
El SUF es uno de los aportes monetarios más cruciales para el bienestar de los niños, niñas y adolescentes en Chile. Sin embargo, las complejidades asociadas a los trámites habían dejado a un grupo significativo de familias sin acceso a este importante aporte estatal.
Ahora, el Estado asume la responsabilidad de otorgar el SUF de manera automática, marcando un cambio fundamental en la forma en que se accede a este beneficio: pasamos de un sistema de postulación a una garantía, estableciendo así un sólido piso progresivo de protección social.
(*) Montos definidos en la legislación vigente.
El Ministerio de Desarrollo Social y Familia lo asigna de manera automática a niños, niñas o adolescentes causantes que cumplen los requisitos indicados en la Ley de Subsidio Familiar y sus modificaciones, instruidas en la Ley N° 21.550.
El niño, niña o adolescente (causante del beneficio) debe cumplir con los siguientes requisitos:
Además de cumplir los requisitos, la niña, niño o adolescente no debe:
Nunca te pediremos tu clave u otros datos bancarios para acceder al Subsidio Familiar Automático.
Los canales de consulta oficiales del beneficio son www.sufautomatico.cl, ChileAtiende, callcenter 101 y callcenter Midesof 800 104 777 - 800 719 002.
Si tienes consultas, reclamos o necesitas asistencia, puedes ingresar al Sistema Integral de Atención Ciudadana (SIAC) con tu ClaveÚnica y realizar la solicitud.
Si necesitas renunciar al Subsidio Familiar Automático, primero consulta el resultado del beneficio y podrás acceder al módulo de renuncia. El cese del derecho a pago será efectivo los meses posteriores a la realización del trámite.
Una vez recibido, el beneficio tiene tres años de vigencia y será renovable por un nuevo periodo si mantiene los requisitos iniciales. Para la renovación, no es necesario postular ni presentar documentación.
El SUF automático es incompatible con los siguientes beneficios del Estado:
El SUF Automático se pagará de la siguiente manera:
La reclamación por no obtención del beneficio y otras consultas relacionadas es posible se presenten mediante el enlace de reclamos que se indica en el formulario
Deberá comunicar al Ministerio de Desarrollo Social y Familia en la forma y canales que éste disponga y establezca para ello
Para saber el tramo de Calificación Socioeconómica en que se encuentra tu hogar, descarga tu cartola iniciando sesión en rsh.ministeriodesarrollosocial.gob.cl
El Subsidio Familiar tradicional debe ser solicitado de manera presencial en el municipio correspondiente al domicilio. Cubre al 60% de la población de mayor vulnerabilidad socioeconómica según la Calificación Socioeconómica (CSE) del Registro Social de Hogares y además de beneficiar a los causantes niños, niñas y adolescentes menores de 18 años, beneficia como causante a la madre, quien debe cumplir requisitos establecidos que además deben estar documentados para este trámite.
Respecto del Subsidio Familiar automático, cubre al 40% de la población de mayor vulnerabilidad socioeconómica según la Calificación Socioeconómica (CSE) del Registro Social de Hogares y va orientado a niños, niñas y adolescentes menores de 18 años, el que es asignado a cobro de la madre, padre o jefe de hogar que representa a la familia en donde se encuentran los causantes y que no participan de otros beneficios. La validación de requisitos es administrativa, asimismo su renovación es mientras se mantengan los requisitos que activaron la asignación del beneficio.
Este beneficio no es compatible con la Asignación Familiar, el Subsidio Familiar Tradicional, la Pensión Básica Solidaria de Invalidez ni el Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.
Los niños, niñas y adolescentes menores de 18 años que pertenecen al 40% más vulnerable de la población de acuerdo con la Calificación Socioeconómica (CSE) del Registro Social de Hogares.
En los casos en que se identifique que eres parte del Registro Nacional de Discapacidad, y tengas un porcentaje de discapacidad igual o superior al 66,6%, recibirás el mensualmente el doble del monto en el Subsidio Único Familiar automático.